En el aula 20 de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata ocurre la siguiente secuencia de hechos:
Un estudiante entra al salón a rendir el parcial de la materia Teoría Constitucional.
El docente lo recibe, conoce a la estudiante, se saludan con un beso en la mejilla y le indica que se siente en la silla para comenzar el examen oral.
El profesor pregunta ¿Qué es el poder constituyente? ¿Cuáles son los distintos poderes constituyentes? Por favor Distinga entre el poder constituyente fundacional y de reforma.
El estudiante se quedó pensando un rato largo. Se notaba que no tenia ni la mas pálida idea.
Después de varias caras que buscaban rescatar algún conocimiento de alguna parte dice excusándose.
El estudiante no la entendió, y entre pregunta y contra pregunta. Sacando las palabras a los tirones como se dice finalmente manifestó:- el presidente y vicepresidente.
Después conversaron sobre amigos o familiares en común y quedó aprobado. Se volvieron a saludar con un beso y que pase el siguiente.
A quien este escuchando le recomiendo respirar profundo, contener la indignacion y buscar canalizarla en reflexiones que nos permitan analizar la circunstancia.
-Vale aclarar que la mayoría de los estudiantes que fueron a rendir ese parcial habían estudiado y podían responder tranquilamente las preguntas hechas por el docente. Si bien la formación jurídica en su conjunto, en sus estructuras tiene mucho de lo paso en este ejemplo real. Sobre todo en la aprobación del docente que concreta resultados que no se relaciónan con la idoneidad sino con posición que se ocupa. Es decir, por tener una relación mas allá de la pedagógica.
El caso relatado sirve para extraer concepciones sobre la banalidad del derecho, la banalidad del poder constitucional. El estudiante contestó la pregunta desde el sentido común.
"El "sentido común" de una sociedad determinada, está hecho de la sedimentación de diversas concepciones del mundo, de tendencias filosóficas y tradiciones que han llegado fragmentadas y dispersas a la conciencia de un pueblo. De ese "sentido común" se tomarán referencias y ordenamientos que justifiquen o reprueben los actos de la vida pública y privada".
No esperamos que un estudiante conteste del sentido común. Esperamos que conteste desde un sentido creado a partir de haber estudiado la materia. Tampoco esperamos que se apruebe ese sentido común cuando lo que se espera de futuros profesionales es un conocimiento adecuado del estado de derecho.
La Constitución de la Nación de la Argentina vigente no es simplemente un catalogo de derechos y formas de organizar el estado. No es solamente un instrumento jurídico, sino que es un elevado documento político. Expresa un proyecto del pueblo nacional. Sin embargo, podríamos decir que nos gobiernan los muertos porque la actual Constitución Nacional fue aprobada en 1853.
Desde 1853 al 2016 pasó mucha agua debajo del puente y las relaciones políticos, sociales se fueron transformando, la constitución sufrió la arremetida de "usurpadores" en cada uno de los golpes de estado, se realizaron reformas algunas mas importantes que otras. Se incorporaron 16 tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional, que establecen derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales entre otros.
Bajo esta constitución también se desarrollaron procesos políticos neoliberales que impactaron deteriorando la calidad de vida de las mayorías populares. También vivimos procesos progresistas que implican mejoras para esas mayorias.
Debatir la constitución que tenemos y la constitución que queremos, es poner la lupa en la letra chica del contrato social, es una tarea necesaria para lograr consolidar los progresos, fortalecer la integración y construcción de la Patria Grande, ejercitar los derechos de acceso a la vivienda, educación, salud, transporte, alimentación, trabajo.
Para fortalecer las nuevas formas democráticas de participación popular que emergen en el siglo XXI. Para recuperar los recursos naturales que nos pertenecen y nos son permanentemente saqueados construyendo en la independencia económica de los sector financieros, la independencia definitiva que permita el ejercicio perpetuo de derecho de autodeterminación del pueblo que somos.
En ese debate estratégico vamos componiendo nuevas prácticas, sedimentando nuevas concepciones que construyan un sentido común distinto al actual. Para que soñemos con una Constitución que al ser leída, transmita la expresión política documentada de un pueblo democrático, justo, libre y soberano.
Un estudiante entra al salón a rendir el parcial de la materia Teoría Constitucional.
El docente lo recibe, conoce a la estudiante, se saludan con un beso en la mejilla y le indica que se siente en la silla para comenzar el examen oral.
El profesor pregunta ¿Qué es el poder constituyente? ¿Cuáles son los distintos poderes constituyentes? Por favor Distinga entre el poder constituyente fundacional y de reforma.
El estudiante se quedó pensando un rato largo. Se notaba que no tenia ni la mas pálida idea.
Después de varias caras que buscaban rescatar algún conocimiento de alguna parte dice excusándose.
- Leí la Constitución, pero vio que mucho no se cumple. Como que no se aplica.
El estudiante no la entendió, y entre pregunta y contra pregunta. Sacando las palabras a los tirones como se dice finalmente manifestó:- el presidente y vicepresidente.
Después conversaron sobre amigos o familiares en común y quedó aprobado. Se volvieron a saludar con un beso y que pase el siguiente.
A quien este escuchando le recomiendo respirar profundo, contener la indignacion y buscar canalizarla en reflexiones que nos permitan analizar la circunstancia.
-Vale aclarar que la mayoría de los estudiantes que fueron a rendir ese parcial habían estudiado y podían responder tranquilamente las preguntas hechas por el docente. Si bien la formación jurídica en su conjunto, en sus estructuras tiene mucho de lo paso en este ejemplo real. Sobre todo en la aprobación del docente que concreta resultados que no se relaciónan con la idoneidad sino con posición que se ocupa. Es decir, por tener una relación mas allá de la pedagógica.
El caso relatado sirve para extraer concepciones sobre la banalidad del derecho, la banalidad del poder constitucional. El estudiante contestó la pregunta desde el sentido común.
"El "sentido común" de una sociedad determinada, está hecho de la sedimentación de diversas concepciones del mundo, de tendencias filosóficas y tradiciones que han llegado fragmentadas y dispersas a la conciencia de un pueblo. De ese "sentido común" se tomarán referencias y ordenamientos que justifiquen o reprueben los actos de la vida pública y privada".
No esperamos que un estudiante conteste del sentido común. Esperamos que conteste desde un sentido creado a partir de haber estudiado la materia. Tampoco esperamos que se apruebe ese sentido común cuando lo que se espera de futuros profesionales es un conocimiento adecuado del estado de derecho.
La Constitución de la Nación de la Argentina vigente no es simplemente un catalogo de derechos y formas de organizar el estado. No es solamente un instrumento jurídico, sino que es un elevado documento político. Expresa un proyecto del pueblo nacional. Sin embargo, podríamos decir que nos gobiernan los muertos porque la actual Constitución Nacional fue aprobada en 1853.
Desde 1853 al 2016 pasó mucha agua debajo del puente y las relaciones políticos, sociales se fueron transformando, la constitución sufrió la arremetida de "usurpadores" en cada uno de los golpes de estado, se realizaron reformas algunas mas importantes que otras. Se incorporaron 16 tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional, que establecen derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales entre otros.
Bajo esta constitución también se desarrollaron procesos políticos neoliberales que impactaron deteriorando la calidad de vida de las mayorías populares. También vivimos procesos progresistas que implican mejoras para esas mayorias.
Debatir la constitución que tenemos y la constitución que queremos, es poner la lupa en la letra chica del contrato social, es una tarea necesaria para lograr consolidar los progresos, fortalecer la integración y construcción de la Patria Grande, ejercitar los derechos de acceso a la vivienda, educación, salud, transporte, alimentación, trabajo.
Para fortalecer las nuevas formas democráticas de participación popular que emergen en el siglo XXI. Para recuperar los recursos naturales que nos pertenecen y nos son permanentemente saqueados construyendo en la independencia económica de los sector financieros, la independencia definitiva que permita el ejercicio perpetuo de derecho de autodeterminación del pueblo que somos.
En ese debate estratégico vamos componiendo nuevas prácticas, sedimentando nuevas concepciones que construyan un sentido común distinto al actual. Para que soñemos con una Constitución que al ser leída, transmita la expresión política documentada de un pueblo democrático, justo, libre y soberano.
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